Leyes de Nevada

¿Pueden las víctimas demandar por abuso de violencia doméstica en Nevada?

Por Jack G. Bernstein, Esq.31 de julio de 202619 min de lectura

Lo que necesita saber

  • Sí. Una demanda civil es independiente del caso penal. No necesita una condena, y no necesita el permiso del fiscal de distrito. Un caso penal debe probarse “más allá de toda duda razonable”; un caso civil solo tiene que probarse por preponderancia de la evidencia (preponderance of the evidence), es decir, que es más probable que sí a que no.
  • Nevada les da a los sobrevivientes un reclamo civil específico. Según la NRS 41.134, una persona lesionada por un acto que califica como violencia doméstica puede demandar por sus daños reales, y al demandante que gana se le otorgan las costas y los honorarios razonables de abogado. También están disponibles los reclamos ordinarios, como asalto (assault), agresión física (battery) y angustia emocional.
  • Ganar y cobrar son problemas distintos. Una sentencia contra alguien sin bienes que se puedan alcanzar y sin cobertura aplicable puede ser difícil de hacer cumplir, así que vale la pena preguntar desde el principio quién puede realmente pagar. Cuando una falla de seguridad de un negocio ayudó a que ocurriera el daño, ese negocio puede enfrentar un reclamo aparte por su propia negligencia, y su cobertura de responsabilidad puede convertirlo en una fuente de recuperación más realista. Ese es un segundo reclamo que hay que investigar, no un reemplazo del reclamo contra la persona que le hizo daño.
  • Un negocio cuyo descuido permitió un ataque previsible puede ser responsable por su propia negligencia, y la regla depende del tipo de propiedad. Para un hotel, motel o negocio de hospedaje similar, un estatuto específico fija la prueba (NRS 651.015; Humphries v. New York-New York Hotel & Casino, 133 Nev. 607, 403 P.3d 358 (2017)). Para otras propiedades, como un complejo de apartamentos o una tienda, el dueño les debe a las personas que entran a la propiedad un cuidado razonable según las circunstancias (Foster v. Costco Wholesale Corp., 128 Nev. 773, 291 P.3d 150 (2012)), y si el ataque de un tercero era previsible forma parte de esa pregunta.
  • Los plazos dependen del reclamo, y algunos reclamos no tienen plazo alguno. Muchos reclamos civiles aquí tienen un plazo de prescripción de dos años (NRS 11.190), pero Nevada no fija ningún límite de tiempo para una acción civil que surja de una agresión sexual sufrida a los 18 años o más (NRS 11.217) o del abuso sexual o la explotación sexual de un menor (NRS 11.215) contra el presunto autor o una persona condenada por ello. No dé por hecho que su reclamo ya venció. Por separado, la evidencia que controla un negocio, como el video de seguridad, puede sobrescribirse en cuestión de semanas.

Si le hizo daño alguien que debía ser una persona segura, o si está tratando de ayudar a un familiar a quien se lo hicieron, es posible que se pregunte si la ley ofrece alguna rendición de cuentas real más allá de un caso penal que se estancó, se desestimó o nunca existió. Sí la ofrece. Nevada les da a los sobrevivientes una vía civil que corre por su propio camino, con sus propias reglas y sus propios remedios. Este artículo explica a quién puede demandar, qué hace que valga la pena presentar un reclamo en lugar de que sea solo simbólico, y cómo funciona el calendario. Es información general sobre la ley de Nevada, no asesoría sobre su situación específica.

Primero, unas palabras sobre seguridad y tiempos

Antes de los mecanismos legales, un punto honesto: una demanda rara vez es el primer paso, y para algunos lectores no es el más urgente.

Si usted o alguien a quien está ayudando está en peligro inmediato, llame al 911. Para apoyo confidencial, planificación de seguridad y ayuda para encontrar un refugio local, la Línea Nacional de Violencia Doméstica (National Domestic Violence Hotline) está disponible las 24 horas del día al 1-800-799-7233 (o envíe el mensaje START al 88788). Nevada también tiene refugios locales para víctimas de violencia doméstica y defensores de víctimas en Las Vegas, Henderson y Pahrump que pueden ayudar con las órdenes de protección y con la reubicación confidencial.

Algunas cosas que conviene saber antes de que comience un caso civil:

  • Una demanda civil normalmente es una acción pública ante el tribunal, y la persona a quien usted demanda tiene que ser notificada. Esa realidad puede generar preocupaciones reales de seguridad y de represalias. Según el tribunal y el reclamo, pueden estar disponibles medidas como la omisión de datos (redaction), el sellado del expediente, las órdenes de protección o el Programa de Dirección Confidencial (Confidential Address Program) de Nevada, y existen maneras legales de manejar la notificación y de coordinar una demanda con una orden de protección. Pregunte sobre la seguridad antes de presentar la demanda, con un defensor o un abogado, y no sola o solo y con prisa.
  • Conserve lo que pueda, pero solo cuando sea seguro hacerlo. Las fotos de las lesiones, los expedientes médicos, los mensajes de texto, los mensajes de voz, los informes de incidentes y los nombres de quienes vieron lo que pasó se convierten en evidencia. Guarde copias usando un dispositivo y una cuenta que la otra persona no pueda vigilar. Si existe cualquier posibilidad de que su teléfono, sus cuentas o su ubicación estén siendo vigilados, prepare el plan primero con un defensor capacitado. Crear una cuenta nueva en un dispositivo vigilado puede, por sí mismo, enviar una notificación y ponerle en riesgo.
  • Tenga cuidado al comunicarse por su cuenta con un negocio o una aseguradora. Si un hotel, un complejo de apartamentos o un empleador puede compartir la responsabilidad, una llamada temprana y sin planear puede dejar una declaración grabada antes de que usted reciba asesoría. También pone en marcha el reloj de la evidencia: el video suele sobrescribirse automáticamente en plazos de retención cortos, así que una solicitud de conservación pronta y específica importa más que una llamada telefónica sin planear.

Nada de esto significa esperar. Significa que el orden de las acciones importa, y que la seguridad va antes que la estrategia.

Sí, usted puede demandar. El caso civil es independiente del penal

El malentendido más común es que un reclamo civil depende del sistema penal. No es así. Son dos vías distintas con dos propósitos distintos.

Un caso penal lo presenta el Estado para castigar al abusador, y los fiscales deben probar la culpabilidad más allá de toda duda razonable. Un caso civil lo presenta usted, la persona lesionada, para recuperar dinero por el daño que sufrió, y solo tiene que probarse por preponderancia de la evidencia: más probable que sí a que no. Como el estándar civil es más bajo, un caso que un fiscal rechazó, o que terminó en una absolución o en un acuerdo de culpabilidad por algo menor, todavía puede tener éxito como demanda civil.

No se requiere una condena. Pero si existe una, ayuda mucho más que un poco. Según la NRS 41.133, cuando un ofensor “ha sido condenado por el delito que causó la lesión a la víctima, la sentencia de condena es evidencia concluyente de todos los hechos necesarios para imponer responsabilidad civil por la lesión”. En términos prácticos, una condena que califique puede sacar de la discusión en el caso civil la pregunta de qué ocurrió, y dejar la disputa en los daños y no en si el abuso ocurrió. Si hubo una condena, lleve la sentencia a su primera consulta.

Nevada lo respalda con un estatuto específico. Según la NRS 41.134, una persona lesionada como resultado directo de un acto que constituye violencia doméstica (según se define en la NRS 33.018) puede presentar una acción por sus daños reales, y el estatuto ordena al tribunal otorgar al demandante que gana las costas y los honorarios razonables de abogado. Los actos que enumera la NRS 33.018, entre ellos una agresión física (battery), un asalto (assault), una agresión sexual, un encarcelamiento ilegal (false imprisonment) y una conducta reiterada, a sabiendas, intencional o imprudente, con la intención de acosar, son violencia doméstica solo cuando se cometen contra una de las personas que nombra el estatuto: un cónyuge o excónyuge, una persona emparentada por sangre o por matrimonio, alguien con quien la persona ha tenido o tiene una relación de noviazgo, una persona con quien comparte un hijo, el hijo menor de cualquiera de ellas, su propio hijo menor, o una persona designada como custodio o tutor legal de su hijo menor. El estatuto define la relación de noviazgo como asociaciones frecuentes e íntimas caracterizadas principalmente por la expectativa de un vínculo afectivo o sexual, y dice que el término no incluye una relación casual ni una asociación ordinaria entre personas en un contexto comercial o social. Los hermanos y los primos quedan excluidos, a menos que tengan una relación de custodia o de tutela. Si su situación no encaja en una de esas categorías, los reclamos civiles ordinarios que siguen están disponibles de todos modos; lo que depende de la relación es el reclamo estatutario con traslado de honorarios.

Incluso donde ese estatuto específico no encaje, los reclamos civiles ordinarios sí. El abuso doméstico normalmente respalda uno o más de estos:

  • Agresión física (battery), por contacto físico dañino u ofensivo.
  • Asalto (assault), por ponerle en un temor razonable de un contacto dañino inminente.
  • Encarcelamiento ilegal (false imprisonment), por confinar o restringir su movimiento contra su voluntad.
  • Infligir intencionalmente angustia emocional, por una conducta extrema e indignante que causó un daño emocional grave.

Usted no tiene que elegir la etiqueta correcta por su cuenta. Lo que importa en esta etapa es entender que la puerta está abierta, en términos que no dependen del caso penal.

La verdadera pregunta no es “¿puedo ganar?”, es “¿quién paga realmente?”

Aquí es donde muchos sobrevivientes se sinceran, y donde un abogado con experiencia se gana su lugar. Ganar una sentencia y cobrarla son dos cosas muy distintas. Un papel que dice que un abusador le debe dinero vale solo lo que usted realmente pueda recuperar. Por eso, la pregunta más aguda no es si usted tiene un reclamo válido. Es quién tiene la capacidad de pagarlo.

Cómo demandar directamente al abusador

Demandar al abusador es la jugada intuitiva, y a veces es la correcta, sobre todo cuando la persona tiene bienes, ingresos o propiedades reales que una sentencia puede alcanzar. Pero surgen dos problemas con suficiente frecuencia como para merecer una respuesta directa.

Primero, hay que investigar si se puede cobrar, en lugar de darlo por hecho en un sentido o en otro. Algunos demandados tienen pocos ingresos o bienes no exentos contra los cuales cobrar, lo que puede dejar una sentencia válida difícil de hacer cumplir. Otros tienen una casa, administran un negocio o ganan un salario embargable. “Sin bienes para cobrar” (judgment-proof) es una conclusión a la que se llega después de ver qué posee realmente alguien, no un sinónimo de abusador.

Segundo, y menos obvio, está el seguro. A veces la gente supone que una póliza de propietario de vivienda o de inquilino cubrirá el daño. Con frecuencia no es así. Las pólizas de responsabilidad suelen contener una exclusión por acto intencional, que impide la cobertura de lesiones que el asegurado esperaba o buscaba causar, y algunas agregan exclusiones aparte por abuso o por acto criminal. Si una póliza determinada responde depende de su texto real, de quién está asegurado y de cómo se plantea el reclamo, así que esta es una pregunta que se responde con la póliza y no en abstracto. Lo que sí es justo decir es que la cobertura de responsabilidad del propio abusador con frecuencia no es una fuente confiable de pago por un ataque deliberado.

Cuando la negligencia de un negocio ayudó a que ocurriera el daño

Esta es una vía que muchos sobrevivientes no saben que existe. Es un segundo reclamo, no un reemplazo del reclamo contra la persona que le hizo daño, y solo existe cuando los hechos lo respaldan.

Si el abuso ocurrió en un lugar que controlaba un negocio, y el propio descuido de ese negocio lo hizo posible, el negocio puede ser responsable por su propia negligencia aunque no haya cometido la agresión. Piense en un complejo de apartamentos que ignoró reportes repetidos sobre una expareja peligrosa, una puerta de seguridad descompuesta o una cerradura que nunca se arregló. Piense en un hotel que entregó un número de habitación o una llave a alguien que nunca debió tenerlos. Piense en un empleador al que se le advirtió sobre una amenaza y no hizo nada.

El seguro es la razón por la que vale la pena investigar esta vía. La negligencia de un negocio es una falla en actuar con razonabilidad y no una intención de dañar, por lo que la exclusión por acto intencional que con frecuencia anula la póliza del propio abusador no se le aplica de la misma manera. Dicho esto, una teoría de negligencia viable no garantiza cobertura ni pago: las pólizas comerciales tienen sus propias exclusiones, incluidos los endosos de asalto y agresión física (assault and battery) y de abuso o acoso sexual (abuse or molestation) que son comunes en este mismo entorno, y la cobertura sigue dependiendo de la póliza, de la calidad de asegurado y de las acusaciones. El resumen honesto es que un tercero negligente con frecuencia es la fuente de recuperación más realista, y que si su aseguradora paga es una pregunta que responde la póliza, no esta página.

Para ser claros sobre el límite: el hecho de que una agresión ocurriera en la propiedad de alguien no hace, por sí solo, responsable al dueño de esa propiedad. El reclamo tiene que basarse en una falla real y controlable del negocio. Esa es una cuestión de seguridad negligente, y depende de la previsibilidad.

¿Hubo una falla de seguridad? Cómo reconocer un reclamo por seguridad negligente

Cuál regla se aplica al acto ilícito de un tercero en las instalaciones depende del tipo de propiedad. Para un hotel, posada, motel, motor court, casa de huéspedes o casa de hospedaje, la NRS 651.015 fija una prueba específica para una muerte o lesión causada por otra persona que no es un empleado bajo el control o la supervisión del dueño o encargado. Tiene dos partes, y no son la misma prueba. Según la subsección 1, el dueño o encargado no es civilmente responsable, a menos que el acto ilícito que causó la muerte o la lesión haya sido previsible y haya preponderancia de la evidencia de que el dueño o encargado no ejerció el debido cuidado por la seguridad del cliente o de otra persona en las instalaciones. Según la subsección 2, el dueño o encargado sí es civilmente responsable si el acto ilícito era previsible y el dueño o encargado no tomó precauciones razonables contra el acto ilícito previsible. El estatuto dispone que el tribunal decide, como cuestión de derecho, si el acto ilícito era previsible y si el dueño o encargado tenía el deber de tomar precauciones razonables contra él. Ese estatuto está escrito para los negocios de hospedaje; no alcanza a un complejo de apartamentos ni a los dueños de propiedades en general. Para otras propiedades, el dueño les debe a quienes entran al terreno un deber de cuidado razonable según las circunstancias (Foster v. Costco Wholesale Corp., 128 Nev. 773, 291 P.3d 150 (2012)), y si el acto ilícito de un tercero era previsible forma parte de decidir si el dueño actuó con razonabilidad.

Dentro del estatuto de hospedaje, la previsibilidad tiene un significado definido. Para los fines de esa sección, un acto ilícito no es previsible a menos que el dueño o encargado no haya ejercido el debido cuidado por la seguridad del cliente o de otra persona en las instalaciones, o que hayan ocurrido incidentes previos de actos ilícitos similares en las instalaciones y que el dueño o encargado tuviera aviso o conocimiento de esos incidentes. Esa definición está escrita para ese estatuto y no fija la prueba para otras propiedades. Al leer el estatuto de hospedaje, la Corte Suprema de Nevada rechazó una visión más estrecha en Humphries v. New York-New York Hotel & Casino, 133 Nev. 607, 403 P.3d 358 (2017): la previsibilidad basada en la falta de debido cuidado no depende de un aviso de que ocurriría un acto específico, y la previsibilidad basada en actos previos similares exige un análisis caso por caso de esos actos, incluido el nivel de violencia, el lugar del ataque y las preocupaciones de seguridad involucradas. La corte revocó una sentencia sumaria a favor del casino para que el reclamo pudiera avanzar; no decidió por sí misma que el ataque fuera previsible.

Este es un rincón de la ley de Nevada sobre responsabilidad del propietario del inmueble, y la doctrina es lo que convierte un conjunto de hechos ordinario en un reclamo. Vale la pena preguntarse si alguno de los siguientes puntos describe lo que ocurrió:

  • Quejas o incidentes previos. ¿Había visto la propiedad violencia, amenazas o problemas similares antes, y lo sabía la administración?
  • Una advertencia específica que se ignoró. ¿Alguien le avisó al personal, a seguridad o a la administración sobre una amenaza, una orden de protección o una persona peligrosa, y no cambió nada?
  • Una medida de protección rota o ausente. ¿Las puertas, las cerraduras, las cámaras, la iluminación o los controles de llaves estaban rotos, no existían o no se aplicaban?
  • Una divulgación que no debió ocurrir. ¿Un hotel o complejo reveló un número de habitación, una unidad o una ubicación a alguien que no debía tenerla?
  • Registros que prueban la cronología. Los registros de tarjetas de acceso, el video de seguridad, los informes de incidentes, los horarios del personal y los registros de mantenimiento pueden mostrar qué sabía el negocio y cuándo.

Si varios de estos puntos encajan, puede haber un caso de seguridad negligente que valga la pena investigar. La mecánica para probar uno, y los detalles de entornos específicos, están en guías separadas sobre cómo se prueban los reclamos por seguridad negligente, sobre cómo demandar a un complejo de apartamentos de Las Vegas, sobre la responsabilidad de hoteles y estacionamientos por agresiones y sobre qué hacer después de una lesión relacionada con la seguridad de un hotel o casino. La conclusión aquí es más sencilla: el lugar donde ocurrió el daño puede ser parte del caso, y con frecuencia esa es la parte que paga.

Qué puede recuperar un caso civil

Un reclamo civil trata de la compensación por lo que el daño realmente le costó. Según los hechos, los daños que se pueden recuperar pueden incluir:

  • Gastos médicos y de salud mental, pasados y futuros, incluidas la terapia y la consejería.
  • Ingresos perdidos y pérdida de capacidad de generar ingresos si el abuso le impidió trabajar.
  • Dolor, sufrimiento y angustia emocional, que en estos casos con frecuencia es la categoría de daño más grande y más real.
  • Daños a la propiedad, que la NRS 41.134 permite expresamente para los reclamos por violencia doméstica.
  • Costas legales y honorarios razonables de abogado cuando se aplica el estatuto de violencia doméstica.

El daño emocional no es aquí una categoría menor de lesión. Nevada reconoce un reclamo por infligir intencionalmente angustia emocional, que la Corte Suprema del estado, en Star v. Rabello, 97 Nev. 124, 625 P.2d 90 (1981), definió con tres elementos: una conducta extrema e indignante hecha con intención o con desprecio imprudente, una angustia emocional grave y una relación de causalidad entre ambas. Cómo se valora ese daño es un tema aparte, que se cubre con más profundidad en una guía complementaria sobre cómo demandar por lesiones emocionales y psicológicas en Nevada.

En casos que involucran una conducta especialmente cruel o maliciosa, Nevada también permite los daños punitivos. Según la NRS 42.005, un demandante que prueba con evidencia clara y convincente que el demandado actuó con opresión, fraude o malicia puede recuperar daños destinados a castigar al infractor, además de la compensación. Los daños punitivos no son automáticos, y tienen una carga de la prueba más alta, pero la violencia doméstica es el tipo de conducta intencional y deliberada que puede respaldarlos. El estatuto también los limita: a menos que se aplique una de las excepciones que enumera u otro estatuto específico, una indemnización punitiva no puede exceder tres veces los daños compensatorios si estos son de $100,000 o más, ni $300,000 si los daños compensatorios son menores de $100,000.

Ningún artículo honesto puede decirle cuánto vale su caso. Los montos dependen de los hechos específicos, la evidencia, las lesiones y quiénes son los demandados de quienes se puede cobrar. Cualquiera que le prometa una cifra antes de revisar su situación está adivinando.

De cuánto tiempo dispone para presentar su demanda en Nevada

El plazo no es un solo número, y esto es lo más importante de esta página que debe entender bien. Distintos reclamos contra distintos demandados corren con relojes distintos, y para algunos reclamos Nevada no fija ningún plazo. Si le han dicho, o ha supuesto, que su reclamo venció, confirme qué regla se aplica realmente antes de aceptarlo.

Su reclamo Plazo
Una acción civil que surge de una agresión sexual que sufrió a los 18 años o más, contra el presunto autor o una persona condenada por ella Sin límite de tiempo. La NRS 11.217 permite la acción “en cualquier momento después de que ocurrió la agresión sexual”.
Una acción civil que surge de un abuso sexual o una explotación sexual que sufrió antes de cumplir 18 años, contra el presunto autor o una persona condenada por ello Sin límite de tiempo. La NRS 11.215 permite la acción “en cualquier momento después de que ocurrió el abuso sexual o la explotación sexual”.
Asalto, agresión física, encarcelamiento ilegal o infligir intencionalmente angustia emocional Por lo general, dos años (NRS 11.190)
Un reclamo por seguridad negligente contra un negocio o dueño de una propiedad Por lo general, dos años (NRS 11.190)
El reclamo estatutario por violencia doméstica según la NRS 41.134 El estatuto no fija un plazo propio. La NRS 41.134 no contiene un plazo, y cuál de los períodos de la NRS 11.190 se aplica a este reclamo es una pregunta para su abogado. No dé por hecho que tiene más de dos años.

Dos puntos de esa tabla merecen énfasis.

Una agresión sexual por parte de una pareja puede ser violencia doméstica, y la regla de que no hay plazo es una regla aparte. La NRS 33.018 enumera la agresión sexual entre los actos que constituyen violencia doméstica cuando se comete contra una de las personas que cubre el estatuto o en su persona, así que, cuando la relación es una que el estatuto alcanza, una agresión sexual por parte de una pareja puede ser violencia doméstica. Por separado, y sea cual sea la relación, la NRS 11.217 permite que una acción que surge de una agresión sexual sufrida a los 18 años o más se presente contra el presunto autor o una persona condenada por la agresión sexual en cualquier momento después de que ocurrió, y la NRS 11.215 hace lo mismo para el abuso sexual o la explotación sexual sufridos de niño. La regla de que no hay plazo proviene de esos dos estatutos, no de la definición de violencia doméstica. Un reclamo por violencia doméstica que no surge de una agresión sexual, como una agresión física o un asalto, sigue los relojes ordinarios de la NRS 11.190. El paso de los años no cierra, por sí solo, la puerta a un reclamo por agresión sexual contra esos demandados.

La regla sin límite es específica sobre a quién alcanza. La NRS 11.215 y la 11.217 corren contra el presunto autor o una persona condenada por el acto. Un reclamo contra un demandado distinto, como un negocio cuya falla de seguridad contribuyó al daño, es un reclamo aparte que por lo general tiene su propio plazo de dos años. En un caso que tiene ambos, los relojes no son los mismos, y esa es una razón para que se trace el calendario en lugar de suponer que el plazo más corto rige todo.

El momento en que nace el reclamo, la suspensión de los plazos (tolling) y el reclamo específico que usted presente pueden cambiar el análisis, así que esta tabla es un punto de partida para una conversación, no un sustituto de confirmar sus propias fechas.

Hay un segundo reloj, más rápido, que no tiene nada que ver con el plazo de prescripción. La evidencia que controla un negocio no espera dos años. El video de seguridad suele sobrescribirse en días o semanas. Los informes de incidentes se archivan, el personal cambia y los registros de mantenimiento se eliminan según calendarios rutinarios. Si la negligencia de un tercero es parte de su caso, el plazo práctico para conservar esa prueba puede ser mucho más corto que el plazo legal para presentar la demanda. Esa diferencia es una de las razones más importantes para hablar con un abogado más pronto que tarde.

Qué puede hacer ahora

Si se lleva una sola cosa de esto: la puerta civil está abierta en sus propios términos, una acción que surge de una agresión sexual o de un abuso sexual en la niñez puede presentarse en cualquier momento contra el presunto autor o una persona condenada por el delito, un negocio que pudo haber evitado el daño puede ser un segundo demandado que vale la pena identificar, y el calendario para conservar la prueba puede medirse en semanas.

Una serie práctica y honesta de próximos pasos:

  • Primero póngase a salvo y busque apoyo. El caso legal puede esperar un día; su seguridad no.
  • Conserve la evidencia con discreción. Los expedientes médicos, las fotos, los mensajes y los nombres de los testigos, guardados donde la otra persona no pueda alcanzarlos.
  • Anote “quién sabía qué”. Si una propiedad, un empleador o un negocio puede haber ignorado una advertencia o un peligro, anote las fechas, los nombres y lo que se reportó.
  • Hable con un abogado antes de comunicarse con cualquier negocio o aseguradora. Una consulta breve y gratuita puede decirle si existe un reclamo del que se pueda cobrar y cómo protegerlo, sin alertar a un demandado.

Se aplican límites honestos. No todos los casos tienen un demandado con solvencia, no toda falla de una propiedad llega a ser negligencia, y un caso civil puede implicar un descubrimiento de pruebas (discovery) difícil, incluidas preguntas sobre su historial. Un buen abogado se lo dirá claramente en lugar de prometer un resultado.

Preguntas frecuentes

¿Puedo demandar si se retiraron los cargos penales o nunca lo condenaron?

Sí. Una demanda civil es independiente del caso penal y usa un estándar de prueba más bajo: la preponderancia de la evidencia, y no la prueba más allá de toda duda razonable. Los cargos que se retiraron, se rechazaron o se redujeron, e incluso una absolución, no impiden un reclamo civil. No se requiere una condena. Si hubo una, la NRS 41.133 hace que una sentencia de condena que califique sea evidencia concluyente de los hechos necesarios para imponer responsabilidad civil, lo que puede ser una ventaja considerable.

El abusador no tiene dinero. ¿Demandar no sirve de nada?

No necesariamente, y esta es la pregunta más importante que hay que hacer desde el principio. Una sentencia contra alguien sin bienes y sin seguro aplicable puede ser difícil de cobrar. Pero si un negocio, como un hotel, un complejo de apartamentos o un empleador, tuvo una falla de seguridad que ayudó a que ocurriera el daño, ese negocio puede ser responsable por su propia negligencia y puede tener cobertura de responsabilidad, sujeta a los términos y exclusiones de su póliza. Identificar desde el principio a todos los demandados posiblemente responsables es con frecuencia lo que separa un caso simbólico de una recuperación real. Vale la pena investigar si se puede cobrar a cualquier demandado, incluido el abusador, en lugar de darlo por hecho.

¿Puedo demandar a un hotel o a un complejo de apartamentos por un ataque que ocurrió allí?

A veces, y la regla depende de la propiedad. Para un hotel, motel o negocio de hospedaje similar, la NRS 651.015 fija la prueba para una muerte o lesión causada por otra persona que no es un empleado bajo el control o la supervisión del dueño o encargado. Son dos pruebas, no una: el dueño o encargado no es responsable, a menos que el acto ilícito haya sido previsible y una preponderancia de la evidencia demuestre que no ejerció el debido cuidado por la seguridad de las personas en las instalaciones, y sí es responsable si el acto ilícito era previsible y no tomó precauciones razonables contra ese acto previsible. Ese estatuto también define la previsibilidad para sus propios fines, como la falta de debido cuidado o incidentes previos de actos ilícitos similares en las instalaciones de los que el dueño o encargado tenía aviso o conocimiento. Está escrito para los negocios de hospedaje y no alcanza a un complejo de apartamentos. Allí, el dueño les debe a quienes entran a la propiedad un cuidado razonable según las circunstancias (Foster v. Costco Wholesale Corp., 128 Nev. 773, 291 P.3d 150 (2012)), y si el ataque de un tercero era previsible forma parte de esa pregunta, sin la definición del estatuto de hospedaje. Que el ataque ocurriera en la propiedad no basta por sí solo; tiene que haber una falla real y controlable del negocio.

¿Cómo presento la demanda sin que el abusador se entere de dónde vivo?

Los casos judiciales son públicos y la persona a quien usted demanda debe ser notificada formalmente, lo que comprensiblemente genera preocupaciones de seguridad. Existen maneras legales de manejar la notificación (service of process) y de coordinar un caso civil con una orden de protección para que su dirección y su seguridad estén protegidas. Esta es una decisión que debe tomar con un abogado o con un defensor de víctimas de violencia doméstica, y no por su cuenta.

¿El seguro de propietario de vivienda o de inquilino cubre el abuso?

Con frecuencia no, en cuanto a la conducta del propio abusador. Las pólizas de responsabilidad de vivienda y de inquilino suelen contener una exclusión por acto intencional que impide la cobertura de un daño que el asegurado esperaba o buscaba causar, y algunas agregan exclusiones aparte por abuso o por acto criminal. Si una póliza determinada responde depende de su texto, de quién está asegurado y de cómo se plantea el reclamo, así que se responde con la póliza y no de forma genérica. La cobertura por la negligencia de un negocio es una pregunta distinta, porque la negligencia es una falla en actuar con razonabilidad y no una intención de dañar, y esa es una de las razones por las que con frecuencia vale la pena investigar la vía del tercero.

¿De cuánto tiempo dispongo para presentar un reclamo civil por violencia doméstica en Nevada?

Depende del reclamo. El asalto, la agresión física, el encarcelamiento ilegal y un reclamo por seguridad negligente contra un negocio generalmente corren con un plazo de dos años según la NRS 11.190. Pero Nevada no fija ningún plazo para una acción civil que surja de una agresión sexual sufrida a los 18 años o más (NRS 11.217) o de un abuso o explotación sexual sufridos de niño (NRS 11.215), presentada contra el presunto autor o una persona condenada por ello. Esa regla sin límite proviene de la NRS 11.217 y la NRS 11.215, no de la definición de violencia doméstica de la NRS 33.018, y solo corre contra esos demandados. Un reclamo por violencia doméstica que no surge de una agresión sexual corre con los períodos ordinarios de la NRS 11.190. Confirme qué regla encaja con sus hechos antes de concluir que su reclamo venció. Por separado, la evidencia que tiene un negocio puede sobrescribirse en semanas, así que el plazo práctico para conservar la prueba con frecuencia es mucho más corto que el plazo para presentar la demanda.

Si usted resultó lesionado en Las Vegas

Si usted o un ser querido sufrió un daño en Las Vegas o cerca de allí y está evaluando si tiene sentido un reclamo civil, especialmente cuando un hotel, un complejo de apartamentos, un empleador u otro negocio puede compartir la responsabilidad, vale la pena conversar. Con más de 40 años de experiencia en lesiones personales y más de $500 millones recuperados en veredictos y acuerdos, Jack Bernstein entiende cómo Nevada reparte la responsabilidad entre un abusador y los negocios cuya negligencia permite el daño, y cómo identificar al demandado que realmente puede pagar. Los resultados anteriores no garantizan, aseguran ni predicen casos futuros. Jack Bernstein Injury Lawyers ofrece una consulta gratuita para evaluar si usted tiene un reclamo, quiénes podrían ser los demandados de quienes se puede cobrar y qué plazos de presentación se aplican realmente a sus hechos.

Si le han dicho que su reclamo es demasiado antiguo, vale la pena verificarlo antes de aceptarlo. Nevada no pone ningún límite de tiempo a una acción civil que surja de una agresión sexual o de un abuso sexual en la niñez contra el presunto autor o una persona condenada por ello. Otros reclamos pueden correr con relojes mucho más cortos, y la evidencia que controla un negocio, como las grabaciones de seguridad, puede sobrescribirse en cuestión de días, así que vale la pena comunicarse más pronto que tarde. Llame al (702) 633-3333.

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